martes, 15 de noviembre de 2011

PASOS PARA OBTENER UN BREVETE










Requisitos para inscripción de brevete de moto (250 cc. de cilindrada)


Descripción:

Es la obtención del documento que autoriza a una persona natural para que pueda manejar unidades de dos (2) o más ruedas que no excedan de 250 CC. de cilindrada.


¿Quién puede realizarlo?

§  Puede solicitarlo la persona natural que cumpla con los requisitos establecidos.


¿Dónde se realiza el trámite?

Gerencia de Transporte Urbano. Jr. Antonio Vargas N° 1733. Urb. Elio – Lima. Teléfono: 336-7777.


Requisitos

§  Solicitud de Trámite.

§  Certificado Medico en Centros Autorizados por el MTC afiliados al Touring.

§  Examen de Reglas y Práctico: Martes - Jueves – Sábados. De 9:00 a 13 horas. Sito en Conchán Km.21.5 de la Panamericana sur.

§  Recibos de pago.


Costos

§  Pago por derecho de trámite : S/. 2.29 nuevos soles.

§  Obtención de licencia : S/. 66.61 nuevos soles.


Responsable

§  Subgerencia de Regulación del Transporte

§  Nombre del Área: División de Registros

§  Dirección: Jr. Antonio Vargas 1733. Urb. Elio – Lima.

§  Horarios de atención: Lunes a Viernes. Desde las 8 a 16 horas.

§  Teléfonos: 336-7777 Anexo: 264

lunes, 14 de noviembre de 2011

COMO SACAR BREVETE DE MOTO

BREVETE CLASE B
Los requisitos para obtener licencia de conducir de esta categoría son establecidos por las Municipalidades Provinciales correspondientes.
a) Edad mínima, 18 años.
b) Primaria completa. (Mod. D.S. 045-2008-MTC)
c) Certificado Médico de Aptitud Psicosomática.
d) Certificado de aprobación del examen de normas de tránsito.
e) Aprobar el examen de manejo para la categoría.
f) Pago por derecho de tramitación.
Las licencias de conducir Clase B, en todas sus categorias se revalida cada 3 años.
Las personas mayores de 16 años con plena capacidad de sus derechos civiles, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 42 y 46 del Código Civil, también podrán aspirar a la obtención de una licencia de conducir de esta categoría.
 
CLASE B: Licencia para conducir vehículos automotores y no motorizados, cuyas categorías son:

CATEGORÍA I.- Licencia para conducir vehículos de tres o más ruedas, no motorizados, que utilizan la calzada de la vía pública para circular.

CATEGORÍA II.- Licencia para conducir vehículos motorizados de la categoría L, la misma que se sub clasifica en:
 Categoría II-a
 Autoriza a conducir vehículos de las categorías L1 y L2 que se encuentren destinados al transporte particular de pasajeros o al transporte de mercancías.
 Categoría II-b
 Autoriza a conducir vehículos de las categorías L3 y L4 que se encuentren destinados al transporte particular de pasajeros o al transporte de mercancías. Esta licencia permite conducir los vehículos indicados para la licencia de la categoría anterior.
 Categoría II-c
 Autoriza a conducir vehículos de la categoría L5 destinados a la prestación del servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores y transporte de mercancías. Esta licencia permite conducir los vehículos indicados para la licencia de las dos (2) categorías anteriores

Si sirvio la informacion, por favor califiquen y recomienden...Saludos!!!